domingo, 29 de mayo de 2016

CUESTIONARIO

Preguntas Boletín 7010
NORMAS PARA ATESTIGUAR

1.      ¿Que constituyen las normas para atestiguar?
Constituyen una guía y establecen un amplio marco de referencia para una variedad de servicios profesionales que cada vez con mayor frecuencia se solicitan a la profesión contable.
2.      ¿Cuál es la función de estas normas de atestiguamiento?
Como tales, estas normas:
 a) Proporcionan una guía útil y necesaria para los Contadores Públicos comprometidos en la prestación de los actuales y futuros servicios profesionales de atestiguar.
 b) Guían a las comisiones emisoras de disposiciones fundamentales del Instituto Mexicano de Contadores Públicos en el establecimiento, si así se considera necesario, de nuevas normas para atestiguar y a la modificación e interpretación, en su caso, de las ya establecidas.
3.      ¿Qué deben de tener las personas para ejercer un trabajo de atestiguamiento?
Debe ser desempeñado por personas que, teniendo título profesional de Contador Público o equivalente, legalmente expedido y reconocido, tengan entrenamiento técnico adecuado, así como capacidad profesional para la función de atestiguar.
4.      ¿El Auditor, para llevar a cabo el trabajo debe tener conocimiento de: ?
Contador Público que tenga conocimiento adecuado del asunto que se trate.
5.      ¿Qué condiciones deben de existir para llevar a cabo un trabajo de atestiguamiento?
— Es posible evaluar la aseveración a revisar con criterios razonables establecidos por un cuerpo colegiado reconocido o esos criterios se describen en la aseveración, de una manera suficientemente clara y completa para que un lector conocedor esté en posibilidad de entenderlos.
— La aseveración a revisar puede estimarse y medirse en forma consistente y razonable, utilizando esos criterios.
6.      ¿Qué debe ejercitar el Contador Público al momento de realizar el trabajo de atestiguamiento?
El Contador Público está obligado a ejercitar cuidado y diligencia razonables en la realización de su trabajo de atestiguar y en la preparación de su informe.
7.      ¿Cuál es el tipo de evidencia que debe de obtener el auditor para realizar el trabajo?
El Contador Público, al efectuar su trabajo de atestiguar, debe obtener evidencia comprobatoria suficiente y competente en el grado que requiera, con el fin de suministrar una base objetiva para su informe.


8.      ¿Qué debe describir con claridad el informe?
El informe debe describir con claridad la aseveración o aseveraciones sobre las que se informa y las características del trabajo de atestiguar

BOLETIN 7020: INFORME SOBRE EXÁMENES Y REVISIONES DE INFORMACIÓN FINANCIERA PROFORMA.

1.      ¿Cuál es el objetivo de este boletín?
Este boletín establece normas y proporciona guías para el contador público que es contratado para examinar o revisar e informar sobre información financiera proforma. En la realización de estos trabajos el contador público debe aplicar los procedimientos y cumplir con las normas que establecen este boletín

2.- ¿para qué se utiliza generalmente la información financiera proforma?
para mostrar los efectos de las operaciones tales como:
a) Adquisiciones, funciones y escisiones de negocios,
b) Cambios en el capital contable,
c) Disposición de un segmento o área importante del negocio,
d) Cambio en la forma de organización del negocio en su estado como una identidad independiente,
e) Propuesta de venta de valores y aplicación de los fondos derivados de ella.

3.-¿Para qué puede ser contratado el contador público según este boletín?
Para que emita un informe sobre un examen o una revisión  de información financiera proforma.

4.-¿Qué condiciones debe reunir para que sea contratado el contador público según el boletín 7020?
1.    El documento que contiene la información financiera proforma incluye los estados financieros básicos completos de la entidad por el año más reciente o por el año precedente, si es que los estados financieros del año más reciente no están aún disponibles. Si se presenta información financiera proforma por un periodo intermedio, el documento también debe incluir información financiera básica por ese periodo intermedio, que puede presentarse en forma condensada. En el caso de una adquisición o fusión de negocios, el documento debe incluir información financiera básica apropiada de las partes significativas constituyentes de la entidad adquirida o fusionada.
2.    Los estados financieros básicos de la entidad, o en el caso de una adquisición o fusión de negocios, de cada parte importante en la entidad adquirida o fusionada, en los que la información financiera proforma está basada, han sido auditados o revisados. El riesgo de atestiguar que toma el Contador Público relativo a la información financiera proforma, es afectado por el alcance del trabajo que proporciona seguridad al Contador Público acerca de la información financiera básica a la que se aplican los ajustes proforma.
3.    De acuerdo con lo señalado en el inciso anterior, el nivel de seguridad otorgado por el Contador Público a la información financiera proforma a una fecha o por un periodo determinado, debe limitarse al nivel de seguridad otorgado a los estados financieros básicos o, en el caso de una adquisición o fusión de negocios, al nivel más bajo de seguridad otorgado a los estados financieros básicos de cualquiera de las partes importantes que constituyen la entidad a la que se han incorporado los negocios adquiridos o fusionados. Por ejemplo, si los estados financieros básicos de cada componente importante de esa entidad, han sido examinados al in del año anterior y revisados a una fecha intermedia, el Contador Público puede efectuar un examen o una revisión de la información financiera proforma al final del año, pero está limitado a efectuar una revisión de la información financiera proforma a la fecha intermedia.
4.    El Contador Público que emite el informe sobre la información financiera proforma debe tener un adecuado nivel de conocimiento de la contabilidad y de las prácticas de información financiera de cada parte importante que constituye la entidad que incluye los negocios adquiridos o fusionados. Esto normalmente es obtenido por el Contador Público que examina o revisa los estados financieros básicos de cada entidad del año más reciente o del periodo intermedio por el que la información financiera proforma se presenta. Si otro Contador Público efectuó ese examen o revisión, para el Contador Público que emite el informe sobre la información financiera proforma, no disminuye su necesidad de adquirir un adecuado nivel de conocimientos sobre la contabilidad y prácticas de información financiera de la entidad, y ese Contador Público debe considerar si, de acuerdo con las circunstancias particulares del caso de que se trate, él puede adquirir suficientes conocimientos sobre esos asuntos, que le permitan aplicar los procedimientos necesarios para emitir su informe sobre la información financiera proforma.

5.- ¿Cuál es el objetivo de los procedimientos que se aplican a la información financiera proforma?
Es proporcionar seguridad razonable

6.- ¿acerca de qué debe proporcionar seguridad razonable  en un examen practicado por contador público?
Acerca de si:
  1. Los supuestos de la administración proporcionan una base razonable para presentar los efectos importantes directamente atribuibles a las operaciones o eventos que originan la información proforma.
  1. En los correspondientes ajustes proforma se reconocen adecuadamente los efectos de esos supuestos.
  1. La columna de cifras proforma releja correctamente la aplicación de esos ajustes proforma a los estados financieros básicos

7.- ¿Cuál es el objetivo en una revisión practicada por Contador Público según este boletín?
El objetivo de los procedimientos que se aplican a la información financiera proforma, es el sustentar la emisión de un informe que contenga una afirmación de no haber observado en el trabajo realizado ninguna situación de importancia que indique que la aseveración revisada deba ser modificada y de que ninguna información llamó la atención del Contador 

8.- ¿En qué consisten los procedimientos que utiliza en una revisión un contador público?
·              Obtener conocimiento adecuado de la operación de que se trate.
·              En la adquisición o fusión de negocios, obtener conocimiento adecuado de cada una de las partes constituyentes de la entidad que le permita aplicar los procedimientos requeridos.
·              Comentar con la administración sus supuestos relativos a los efectos de las operaciones o eventos.
·              Evaluar si los ajustes proforma incluyen todos los efectos importantes atribuibles directamente a las operaciones o eventos.
·              Obtener evidencia suficiente que respalde los ajustes proforma
·              Evaluar si los supuestos de la administración sobre los que descansen los ajustes proforma, están presentados de una manera suficientemente clara y completa.
·              Verificar la corrección de los cálculos aritméticos de los ajustes proforma y que la columna de proforma refleje la aplicación adecuada de esos ajustes a las cifras de los Estados Financieros básicos.
·              Obtener una carta de declaraciones de la administración.
·              Leer la información financiera y evaluar.
·                
·               BOLETIN 7030
·               Informe sobre el examen del Control Interno relacionado con la preparación de la Información Financiera
·               1.-¿Qué establece el boletín 7030?
·               Establece normas y proporciona guías al contador publico que es contratado para examinar y opinar sobre la efectividad del diseño y operación del sistema de control interno relacionado con información financiera especifica.

·               2.-¿Qué incluye el control interno en este boletín?
·               En relación con los estados financieros de la entidad incluye procedimientos y políticas que corresponden a la capacidad de una entidad para registrar e informar datos financieros.

·               3.-¿Para que puede ser contratado el Contador Publico?
·               Para realizar un examen sobre la efectividad del control interno de una entidad a una fecha especifica o periodo determinado.

·               4.-Da un ejemplo en el cual no sea aplicable este boletín
·               A un trabajo sobre procedimientos convenidos.

·               5.-¿Es tener una comunicación con el auditor que llevo a cabo el examen de los estados financieros?
·               Es una condición para llevar a cabo un examen de control de interno.

·               6.-¿Tiene la responsabilidad  de establecer un control interno relacionado con la preparación de estados financieros?
·               La administración.

·               7.-¿ Cuales son los componentes de un control interno de una entidad?
·               Objetividad, Mensurabilidad, Suficiencia, Relevancia.

·               8.-¿Cuándo existe una deficiencia de control interno?
·               Cuando el diseño o la operación de un control no permite el ejercicio normal de las funciones.
·                

·               BOLETÍN 7040
·               EXÁMENES SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DISPOSICIONES ESPECÍFICAS
·                
·               1.- Cuando el Contador Público no ha realizado un examen de los estados financieros conforme a las normas de auditoría generalmente aceptadas en México ¿En relación con qué se le solicita al Contador Público emitir un informe profesional especializado?
·                
·               R= el cumplimiento de algunas disposiciones legales, contractuales o compromisos y sobre la verificación de cierta información financiera, fiscal o de otra índole que se encuentra incluida en algún registro o informe emitido por la entidad (“disposiciones específicas”), o sobre la efectividad del control interno para dar cumplimiento a dichas disposiciones.
·                
·                2.- ¿Cuál es el  objetivo de este boletín?
·                
·               R=  es establecer los pronunciamientos normativos de ejecución del trabajo y de información a que se debe sujetar el Contador Público en el desarrollo de sus actividades, como profesional experto al rendir un informe relativo al examen sobre el cumplimiento de disposiciones específicas.
·                
·               3.- ¿El Contador Público en relación con el cumplimiento como puede llevar a cabo un examen profesional?
·                
·               R= disposiciones específicas de la entidad, sobre la efectividad del control interno y sobre las declaraciones de la administración sobre la efectividad del sistema de control interno.
·                
·               4.- ¿Quién es responsable de asegurar que la entidad cumple con las disposiciones específicas?
·                
·               R= La administración
·                
·               5.- ¿Cuáles son los tipos de riesgos  en los trabajos para atestiguar y describe cada uno de ellos?
·                
·               R=  riesgo inherente, riesgo de control y riesgo de detección.
·               §  Riesgo inherente en los trabajos para atestiguar
·               Es el riesgo de existencia de una omisión o error importante en el cumplimiento de disposiciones  específicas, sin considerar la existencia de controles internos relacionados.
·               §  Riesgo de control en los trabajos para atestiguar
·               Es el riesgo de que una omisión o error importante que pudiera ocurrir no sea prevenido o detectado de manera oportuna por los controles internos de la compañía.
·               §  Riesgo de detección en los trabajos para atestiguar
·               Es el riesgo de que la aplicación de los procedimientos del Contador Público pueda llevarle a concluir que no existen omisiones o errores importantes cuando, en realidad, dichas omisiones o errores sí existen. 
·                
·               6.- ¿Que abarca la responsabilidad de la administración?
·                
·               R= Identificar el cumplimiento de los requerimientos aplicables, establecer y mantener un sistema de control interno adecuado para respaldar que la compañía cumple con dichos requerimientos, evaluar y monitorear permanentemente el cumplimiento de las disposiciones específicas por parte de la compañía y emitir informes que satisfagan los requerimientos legales, contractuales o compromisos contraídos.
·                
·                
·               7.- ¿En la ejecución de un examen que debe ejercer el Contador Público?
·                
·               R=Cuidado en la planeación, ejecución y evaluación de los resultados de los procedimientos aplicados y un nivel apropiado de escepticismo para alcanzar una seguridad razonable de que una inconformidad o incumplimiento substancial (importante) será detectado.
·                
·               8.- ¿El Contador Público independiente  al evaluar a la compañía en el cumplimiento de sus disposiciones especificas que  deberá considerar?
·                
·                R= En su caso, la naturaleza y frecuencia de las irregularidades identificadas y si tal irregularidad es importante en relación con la naturaleza del cumplimiento de las disposiciones específicas.
·               
·               Boletín 7050
·               Otros Informes sobre exámenes y revisiones de atestiguamiento
·                
·               1.- ¿Cómo se titula el boletín 7050?
·                
·                Otros informes sobre exámenes y revisiones de atestiguamiento.
·                
·               2.- ¿Cuál es el objetivo de este boletín?
·                
·               Es el establecer los pronunciamientos normativos a los que se deben sujetar los Contadores Públicos que sean contratados para prestar un servicio de atestiguamiento.
·                
·               3.- ¿Cuáles son las condiciones que existen para que el Contador Público puede llevar a cabo el trabajo de atestiguar?
·                
·               ·         Es posible evaluar la aseveración a revisar con criterios razonable establecidos por un cuerpo colegiado reconocido o esos criterios se describen en la aseveración, de una manera suficientemente clara y completa para que un lector conocedor esté en posibilidad de entenderlos.
·                
·               ·          La aseveración a revisar puede estimarse y medirse en forma consistente y razonable, utilizando esos criterios.
·                
·               4.- ¿Cuáles son los niveles de seguridad que deben tener los informes de trabajos de atestiguar?
·                
·               ·         Uno basado en la reducción del riesgo de atestiguar a un nivel apropiadamente bajo (un examen).
·                
·               ·         El otro basado en una reducción del riesgo de atestiguar a un nivel moderado (una revisión).
·                
·               5.- Cuando un trabajo logra el nivel más alto de seguridad ¿Cómo debe de  expresarse la conclusión del Contador Público?
·                
·               En forma de una opinión positiva.
·                
·               6.- Cuando el riesgo de atestiguar ha sido reducido a un nivel moderado ¿La conclusión del Contador Público debe contener?
·                
·               Una afirmación de no haber observado situación alguna de importancia en el trabajo realizado, y por lo tanto, que las aseveraciones revisadas no deben ser modificadas.
·                
·               7.- ¿Cuáles son los requerimientos que el Contador Público está obligado al llevar cuando realice un trabajo de atestiguamiento para un cuerpo gubernamental o agencia?
·                
·               ·         Guías.
·                
·               ·         Procedimientos.
·                
·               ·         Estatutos.
·                
·               ·         Reglas y regulaciones especificadas por el gobierno o por dichas agencias.
·                
·               ·         Normas para atestiguar aplicables.
·                
·               8.- ¿Qué normatividad debe cumplir el Contador Público al momento de emitir un informe sobre el examen o revisión?
·                
·               Establecido en los párrafos del 74 al 78 del Boletín 7010, Normas para atestiguar.


BOLETIN 7060
EXAMEN DE INFORMACION FINANCIERA PROYECTADA
1.- ¿Qué son los estados financieros proyectados?
R= Son presupuestos financieros o proyecciones financieras, incluyendo los resúmenes de las principales políticas contables y de los supuestos o hipótesis a una fecha y por un periodo futuro, que no necesariamente ocurrirán.
2.- ¿Qué tipos de estados financieros no se consideran estados financieros proyectados?
R= los estados financieros que abarquen períodos que han expirado completamente, los estados financieros proforma y presentaciones de información parcial no se consideran estados financieros proyectados.
3.- ¿A quién se refiere como parte responsable de la información financiera proyectada?
R= Se refiere a la persona o personas que son responsables de los supuestos sobre los cuales se basa la información financiera proyectada. La parte responsable generalmente es la administración de la entidad, pero pueden ser personas fuera de la entidad que no tienen en esa fecha la autoridad para dirigir las operaciones.
4.- ¿Cuándo es aplicable este boletín?
R= es aplicable cuando un Contador Público es contratado para emitir un informe sobre examen de información financiera proyectada, independientemente de cómo se le nombre; por ejemplo, proyecciones, pronósticos, presupuestos, estudios de factibilidad, análisis de punto de equilibrio, etcétera.
5.- ¿Cuál es el objetivo de este boletín?
R= establecer los pronunciamientos normativos a los que se debe sujetar el Contador Público al emitir opiniones sobre información financiera proyectada. En la realización de estos trabajos el Contador Público debe aplicar los procedimientos y cumplir con las normas que establecen este documento y el Boletín 7010 de Normas para Atestiguar.
6.- ¿A qué se refiere con el “uso general” de los estados financieros proyectados?
R= se refiere al uso de los estados financieros proyectados por personas con quien la parte responsable no está negociando directamente. Dado que quienes reciben los estados financieros proyectados para uso general no están en posición de preguntar a la parte responsable directamente acerca de la presentación o su contenido.
7.- ¿Qué se entiende por el “uso limitado” de estados financieros proyectados?
R= se refiere al uso de estados financieros proyectados por la parte responsable solamente, o por la parte responsable y terceros con los que esa parte responsable negocie, directamente.
8.- ¿Qué incluye un examen de estados financieros proyectados?
R= a) Evaluación de la preparación de los estados financieros proyectados.
b) Evaluación de las bases sobre las que fueron preparados los supuestos.
c) Evaluación de la presentación de los estados financieros proyectados.
d) Emisión del informe sobre el examen.

CUESTIONARIO BOLETÍN 7080
1.- ¿Qué es una carta Convenio entre el contador público y su cliente?
 Una Carta Convenio entre el Contador Público y su cliente documenta y establece el tipo de servicio a prestarse, el objetivo y alcance del mismo, el grado de responsabilidad que asume y la clase de informes que deberá entregar el Contador Público, entre otros aspectos relevantes del trabajo.
2.- ¿Qué se entiende por Contador Público para efectos de este boletín 7080?
Para efectos de este boletín, el concepto "Contador Público" se refiere a las personas que se describen en el capítulo de generalidades del Boletín 7010, Normas para atestiguar, emitido por esta Comisión.
3.- ¿Cuál es el objetivo de este boletín?
El objetivo de este boletín es normar el contenido de la Carta Convenio que establece los términos de la prestación de servicios de atestiguar.
4.- Menciona los aspectos más importantes que debe contener la Carta Convenio:
Debe incluir como mínimo los siguientes aspectos:
u Objetivo, alcance y periodo sujeto a revisión, estableciendo si en virtud del grado de conianza que se pretende dar a las aseveraciones sobre las que el Contador Público atestiguará, el trabajo consiste en una revisión o en un examen. A este respecto, la Carta Convenio debe describir en qué consiste la revisión o el examen, según sea el caso, conforme a los lineamientos del Boletín 7010, Normas para atestiguar, emitido por esta Comisión.
u Responsabilidad del Contador Público. Se debe indicar que el trabajo será realizado de acuerdo con las normas para atestiguar emitidas por el Instituto Mexicano de Contadores Públicos y que dichas normas requieren que el Contador Público exprese una conclusión acerca de la conianza que pueda depositarse en una aseveración escrita, que es responsabilidad de quien la emite. Asimismo, la Carta Convenio debe señalar que el trabajo de atestiguar no ofrece una seguridad absoluta sobre dicha aseveración.
u Identificación clara de la aseveración sobre la cual se atestiguará, así como de los criterios establecidos que servirán como referencia para evaluar,estimar y/o medir tal aseveración.
u Responsabilidad de la administración en cuanto a la aseveración sobre la cual se va a atestiguar.
u Propiedad y disponibilidad de los papeles de trabajo.
u Que el emisor de las aseveraciones debe proporcionar al Contador Público confirmación por escrito de ciertas declaraciones relacionadas con éstas.

5.- ¿Según este boletín cuál es la responsabilidad del contador público?
Se debe indicar que el trabajo será realizado de acuerdo con las normas para atestiguar emitidas por el Instituto Mexicano de Contadores Públicos y que dichas normas requieren que el Contador Público exprese una conclusión acerca de la confianza que pueda depositarse en una aseveración escrita, que es responsabilidad de quien la emite. Asimismo, la Carta Convenio debe señalar que el trabajo de atestiguar no ofrece una seguridad absoluta sobre dicha aseveración.
6.- ¿Según este boletín cual es el propósito de la carta convenio?
El propósito de la carta convenio es el de  de establecer claramente los términos y alcance de los servicios que proporcionara el contador público. Este acuerdo reduce el riesgo de que el cliente o el contador público interpreten erróneamente los derechos y obligaciones de la contraparte. Este entendimiento debe incluir los objetivos del trabajo, las responsabilidades de las partes involucradas, las declaraciones y otras comunicaciones de la administración relacionadas con el trabajo de atestiguar, los reportes a ser entregados y, en su caso, las limitaciones correspondientes.
7.- ¿Qué debe incluir la carta convenio entre el contador público y su cliente?
Debe incluir los objetivos del trabajo, las responsabilidades de las partes involucradas, las declaraciones y otras comunicaciones de la administración relacionadas con el trabajo de atestiguar, los reportes a ser entregados y, en su caso, las limitaciones correspondientes.
8.- ¿Qué se debe de hacer si el prospecto del cliente se rehusara a firmar la Carta Convenio?
Si el prospecto del cliente se rehusara a firmar la carta convenio se debe declinar la aceptación del trabajo.
PREGUNTAS BOLETIN 7090
INFORME DE ATESTIGUAMIENTO SOBRE LOS CONTROLES DE ORGANIZACIÓN DE SERVICIOS
1.      ¿A  qué se refiere este boletín?
Se refiere a los trabajos de atestiguamiento realizados por un auditor (contador público independiente), para proporcionar un informe a ser utilizado por las entidades usuarias y sus auditores externos, sobre los controles de una organización que le presta servicios a las entidades usuarias y que, probablemente, el control interno de la información financiera relativa es importante para la entidad usuaria.
2.      ¿Cuándo es aplicable esta norma?
Esta norma es aplicable cuando la organización de servicios es responsable de, o de alguna forma, puede aseverar sobre el adecuado diseño de los controles.
3.- ¿Qué es lo que el auditor debe documentar?

(a) Las características que identifican a las partidas o asuntos específicos que están siendo probados
(b) Quién realizó el trabajo y la fecha en que se completó dicho trabajo.
(c) Quién  revisó  el  trabajo  realizado,  la  fecha  y  alcance  de la revisión.

4.- ¿A que obliga esta norma al auditor?

Esta norma obligue al auditor de la organización de servicios a interrogar, a solicitar declaraciones de, comunicarse con, u otra forma de interactuar con la organización de servicios, debe determinar la(s) persona(s) adecuada(s) de la Administración

5.- Menciona tres representaciones escritas que auditor debe  solicitar a la organización de servicios

 (a)   Que confirme la aseveración relativa a la descripción del sistema;
(b) Que ha proporcionado al auditor de la organización de servicios toda la información relevante y el acceso acordado;
 (c) Que ha revelado al auditor de la organización de servicios

6.- ¿Qué son los Controles establecidos en la organización de sub-servicios?

 Son los controles establecidos en una organización de sub-servicios, para proporcionar un atestiguamiento razonable sobre el logro de los objetivos de control.

7. ¿Qué es lo que el auditor debe determinara antes de aceptar o continuar un trabajo?

a) El auditor de la organización de servicios tiene la  capacidad  y  competencia profesional  para  realizar el trabajo
b) Los criterios que serán aplicados por la organización de servicios para preparar la descripción de su sistema son apropiados y estarán disponibles para las entidades usuarias y sus auditores externos


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